El Fondo de enfermedades Catastróficas (FEC) fue creado por la Ley 9277 en el año 2005, junto con la creación del APROSS, y según el artículo 32 inciso f) se trata de “un aporte mensual a cargo de cada uno de los afiliados y beneficiarios destinado a (...) atender las mayores erogaciones relacionadas con éstas (trasplantes de órganos y tejidos, hemodiálisis, fibrosis quística, hemofilia, esclerosis múltiple, artritis reumatoidea y otras a definir por el Directorio de la APROSS), el que no podrá ser inferior al tres con cincuenta por ciento (3,50%) del aporte mínimo determinado”.
Se trata de un descuento contemplado en un ítem de los recibos de haberes de todos los empleados públicos de la provincia de Córdoba, por la cual todos los meses el gobierno descuenta un importe que va a parar a las arcas del APROSS (Administración Provincial de Seguro de Salud), la "Obra social" de la provincia.
¿A quienes les descuentan el FEC?
Empleados públicos en general y beneficiarios (familias de empleados públicos, afiliados voluntarios, bomberos voluntarios, jubilados provinciales, etc ). Incluyen planta permanente, a los contratados transitorios y sin tener en cuenta a los monotributistas (que representan un número importante), de los tres poderes del Estado, Lotería, Banco de Cordoba, Apross y Ersep, los empleados municipales y de las comunas del interior que tienen convenios, activos y pasivos.
La resolución número 18 del 23 de enero de este año, publicadas por la Administración Provincial del Seguro de Salud – APROSS, determinó que se realizará " la revisión del valor del F.E.C. con una periodicidad mensual y empleando a tal fin el Índice de Precios al Consumidor (IPC) – Nivel General publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos de la República Argentina (INDEC); entendiendo que mediante su implementación será posible calcular la variación real de los costos respecto del mes anterior de manera precisa"
Evolución del aporte en concepto de FEC en los últimos tiempos.
Según la Ley 9277 el mínimo de aporte a este fondo puede ser readecuado por el directorio de la Apross. En 2016 efectivamente, este aporte mínimo fue aumentado un 2.000%, pasando de 50 centavos a 10 pesos por mes por cada afiliado y beneficiario.
En marzo del 2020 el monto mínimo era de $55 mensuales. Cabe aclarar que este variaba todos los meses, según el ingreso de cada agente. En el caso de los docentes la suma se multiplicaba al desempeñarse entonces distintos establecimientos.
En diciembre, la Resolución N° 01/23 elevó y fijó en la suma Pesos Tres mil setecientos ($3.700) el valor de la contribución referida F.E.C.).
En la Resolución 18 se establece que para el mes de febrero 2024 debería ascender a la suma de Pesos Cuatro mil seiscientos cuarenta y tres ($4.643), cálculo que satisface las condiciones establecidas por el Artículo 32 inciso f) de la Ley N° 9277..
En la Resolución N° 01/24 El Directorio de Apross aumento el valor en pesos cinco mil ochocientos cincuenta y siete ($5.857); a partir de Marzo de 2024, dejando sin efecto la Resolución 18/24.
La Resolución N° 02/24. vuelve a actualizar en pesos seis mil seiscientos treinta ($6.630), el valor referido a la contribución al Fondo de Enfermedades Catastróficas a partir de Abril de 2024.
Cabe aclarar que este vararía todos los meses, a partir de este año, por lo que cada mes "aumentara" su valor.
Reeditada: 16/03/2024
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