16 de noviembre de 2022

Selección de abanderados y escoltas de la Bandera Nacional y Provincial




La resolución 1665 del Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba, con fecha 2 de diciembre del 2016 regula la elección de abanderados y escoltas, de la Bandera Nacional y de la Bandera de la Provincia de Córdoba, en escuelas de nivel inicial, primario y secundario.



¿Cuándo se eligen?

El Artículo 3 de la resolución expresa que la "elección será quince (15) días previo finalizar el ciclo lectivo. La toma de posesión de los puestos de abanderados y escoltas de ambas banderas se hará en el acto de fin de curso".



Requisitos para ser abanderados y escoltas de las Banderas


Todos los estudiantes de nacionalidad argentina o extranjera, que cursen el penúltimo año son candidatos a la bandera siempre que reúnan una serie de requisitos mencionados en el Artículo 4 y 5 de la mencionada resolución. A saber: 


¿Quienes son candidatos a la bandera Nacional?

Participan de la elección de abanderados y escoltas de la Bandera Nacional los estudiantes que reúnan los siguientes requisitos:
1.- Ser alumnos regulares del penúltimo año de los distintos niveles y/o modalidades del sistema educativo, que hayan obtenido las más altas calificaciones, observado buena conducta, asistencia y puntualidad.
2.- Tener un promedio general, de todos los estudios cursados, no inferior al establecido para aprobar las asignaturas o áreas disciplinares. (Nota del Editor: Seis o siete de acuerdo al régimen de calificación vigente en la institución escolar en el caso del nivel secundario)
3.- No haber sido reincorporado, excepto por enfermedad.
4.- Tener debidamente justificadas las inasistencias en las que hubiera incurrido.
5.- Haber demostrado un comportamiento conforme a los acuerdos escolares de convivencia de la institución que representa.


¿Quienes son los candidatos a la Bandera Provincial?

Participan en la elección de abanderados y escoltas de la Bandera de la Provincia de Córdoba los estudiantes que reúnan los siguientes requisitos:
"1.- Ser alumnos regulares que cursen el segundo ciclo de la escuela primaria y el ciclo orientado de la escuela secundaria
2.- Estar comprometido con la institución a la que asiste y su trayectoria escolar.
3.- Demostrar cualidades y valores de solidaridad, compañerismo, convivencia democrática y respeto por la diversidad."


Pérdida de la condición de abanderado o escolta.


Los estudiantes elegidos como portadores de la bandera pierden su condición de abanderado o escolta de cualquier bandera, cuando incumplieran con alguno de los requisitos exigidos para su designación.



Reemplazo de los abanderados y escoltas 

Se designaran escoltas suplentes según los criterios ya enunciados, para que en el caso que el abanderado tenga que ser reemplazado, ocupe su lugar el primer escolta .


¿Quienes eligen a los abanderados y escoltas?

Los artículos 2, 8 y 9 de la Resolución mencionan la función de los Equipos directivos, y docentes que participen en la elección de abanderados y escoltas
"La Dirección de cada establecimiento educativo será responsable de la participación en la designación de los abanderados y escoltas, y debera asegurar que el personal docente actúe con la mayor objetividad y ecuanimidad en la evaluación de los estudiantes"
"La elección la efectuará el equipo directivo y a propuesta de los docentes de la institución, en los plazos que disponga la Dirección del centro educativo.
"Por cada acto eleccionario, la Dirección dejará debidamente documentado el procedimiento llevado a cabo y notificará a los señores padres/tutores."

Teniendo en cuenta esto último, deberá al menos haber actas firmadas por los directivos y los docentes que participaron de la elección.









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