Explicación de los procesos de LEGALIZACIÓN, REGISTRACIÓN y REGLAMENTACIÓN DE TÍTULOS para el ejercicio de la docencia en la Provincia de Córdoba
1 - LEGALIZACIÓN DE TITULACIONES
La LEGALIZACIÓN es un acto administrativo donde según tipo de título del que se trate la Autoridad Administrativa (Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba, Ministerio del Interior de la Nación, Gestión Universitaria, etc.) acredita la autenticidad del Título Analitico, es decir, le otorga validez legal. Para ello la titulación debe de tener los sellos y/o firmas de las instituciones educativas que los emiten, y de la autoridad jerárquica.
Los TÍTULOS DE NIVEL SECUNDARIO y los de NIVEL SUPERIOR NO UNIVERSITARIO emitidos por instituciones de la provincia de Córdoba así como los emitidos en otras provinciales que se van a ingresar en la JUNTA de Nivel de Córdoba para nuevos legajos, deben estar legalizados por el Ministerio de Educación de Córdoba (Rosario De Santa Fe 650, Córdoba Capital). En esta repartición, se sella y firma el título al dorso con la frase siguiente: “Conforme con lo dispuesto por Ley 8127, queda completado con la presente certificación, el trámite tal legalización en la provincia de Córdoba” CÓRDOBA y FECHA.
Los TÍTULOS DE NIVEL SUPERIOR UNIVERSITARIOS desde hace varios años el trámite de legalización lo realiza la Dirección Nacional de Gestión Universitaria y/o Secretaría de Políticas Universitarias de la Nación. Si por algún motivo no estuvieran legalizados, se realiza la validación de la siguiente manera:
* Los títulos universitarios anteriores al año 2012, se legalizan en el Ministerio del Interior de la Nación a través del TAD
* Los títulos universitarios emitidos a partir del 2012 la legalización es realizada en la Universidad/Facultad emisora del título, la cual lo enviará a la Dirección Nacional de Gestión Universitaria.
2. EL REGISTRO DE TÍTULOS
Este tramite ya no se realiza de forma presencial en la provincia de Córdoba. Considerando que la apertura de legajo desde el año 2020 se realiza de forma virtual, el registro se hace automáticamente una vez que se adjunta el título al momento de la apertura de legajos.
3. REGLAMENTACIÓN DE TÍTULOS
La reglamentación y homologación de un título de Nivel Superior (universitario o no universitario) es la solicitud que se presenta ante la Unidad Provincial de Certificados y Alcance de Títulos (Ministerio de Educación) en los casos de que el título no posea un Alcance definido, es decir no presente un Alcance específico en la Provincia de Córdoba para el ejercicio de la docencia o bien , teniendo ya un alcance si solicite ampliación del mismo.
Para saber si un título está reglamentado podemos consultar el Alcance de titulos vigente (en la convocatoria anual de cada año, se dispone del documento actualizado con las titulaciones reglamentadas vigentes) y las reglamentaciones vigentes en la página de la Unidad Provincial de Certificacion y Alcance de titulos.
Los títulos reglamentados por la Secretaría de Educación de la Provincia de Córdoba, contienen la siguiente información:
- N° de Resolución de Reglamentación (R.Regl 9999/999)
- Normativa de aprobación del plan de estudios respectivo (PE 9999/9999)
- Nombre de la Institución que otorga el título.
- Si nuestro título no figura en el Alcance de titulos vigente se puede determinar el alcance a partir de una titulación que tenga el mismo nombre, aunque si o si deberá Reglamentarse: Requisitos para la homologación de titulos
Aclaración: El Alcance de titulos tiene valor informativo ya que es una manera de presentar los alcances, pero no sustituye a las normativas de reglamentación de alcances de títulos y/o cargos.
Para solicitar información o realizar consultas respecto a las Titulaciones y sus Alcance se se podrán dirigir personalmente a la Unidad Provincial de Certificación y Alcances de Títulos cita en Salta 74 – Primer Piso. Córdoba Capital o bien por e-mail: unidadprovincialdetitulos@gmail.com
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