13 de marzo de 2021

Decreto 317/09: Reglamentación de Puntaje Junta Inicial y Primaria


La valoración de títulos y antecedentes de los aspirantes al ingreso a la docencia de nivel inicial y primaria se ajusta teniendo en cuenta el Decreto 317/09.



I) TITULOS:
A) Para Maestros de Educación Inicial:

1.Profesor de educación inicial............................................9.000
2. Maestro normal o superior especializado en enseñanza pre-primaria....................9.000
3. Maestro de educación inicial .......................................6.000
Estos títulos no son acumulables entre sí.

4 .Maestro superior .............................................................4.800
5. Profesor de enseñanza primaria o profesor de nivel elemental....................4.800
6. Maestro normal.....................................................4.800

7) Títulos directamente vinculados:
Doctorados ........................................................4.500
Licenciaturas......................................................4.050
Profesorados universitarios ...............................3.600
Licenciatura del mismo título habilitante ..........3150
Profesorados no universitarios ..........................2700
Los títulos de la misma área o disciplina como doctor, licenciado o profesor no son acumulables entre sí.
Técnico superior ....................................1.800
Títulos técnicos y especialidades .............900
Postítulos (según el trayecto realizado):
- Diplomaturas.......450
- De especialización ...............................270
- De actualización ..................................180
Tope de postítulos a presentar anualmente: dos (2).
Carreras superiores sin terminar:
a) Universitarias .........20 p. por materia aprobada
b) No universitarias....10 p. por materia aprobada

Títulos vinculados:
En un área o disciplina:
Doctorados .........................................3.600
Licenciaturas.......................................3.150
Profesorados universitarios ................2.700
Profesorados no universitarios ...........2.250
Los títulos de la misma área o disciplina como doctor, licenciado o profesor no son acumulables entre sí.
Tecnicaturas superiores.................................................1.200
Títulos técnicos y especialidades......................................630
Postítulos (según el trayecto realizado):
- Diplomaturas.......................................................360
- De especialización .............................................180
- De actualización ...................................................90
Tope de postítulos a presentar anualmente: 2 (dos).

Carreras superiores sin terminar:
Universitarias........................................15 p. por materia aprobada
No universitarias....................................5 p. por materia aprobada

9) Otros títulos:
Otras carreras universitarias...........................................1.800
Otras carreras superiores no universitarias.........................900
Carreras superiores sin terminar:
Universitarias y no universitarias.................................1 punto por materia aprobada.

Anualmente, la Junta de Clasificaciones y Calificaciones elevará en el mes de marzo para su publicación en el Boletín Oficial el listado de los títulos valorables como antecedentes según la clasificación directamente vinculados, vinculados y otros.


Para Maestros de Grado:
1) Maestro superior o maestro de educación bási...............................9.000
2) Profesor de enseñanza primaria..................................9.000
3) Maestro normal...............................................................6.000
4) Maestro normal y bachiller............................................6.000
5) Maestro normal y rural o regional................................6.000
Estos títulos no son acumulables entre sí.

Los títulos directamente vinculados, vinculados y otros se clasifican y valoran de idéntica forma que la señalada en los puntos 7), y 9) al hacer referencia a los Maestros de Educación Inicial.


C) Para Maestros de Materias Especiales:
1) Profesor de la especialidad, provincial o nacional.....................................................................9.000
2) Maestro de la especialidad, provincial o nacional.....................................................................6.000
3) Maestro superior, en concurrencia con prueba de suficiencia pedagógica ...............................5.000
4) Profesor de enseñanza primaria o profesor de nivel elemental, en concurrencia con prueba de suficiencia pedagógica....................................................................5.000
5) Maestro normal en concurrencia con prueba de suficiencia pedagógica..................................5.000
Estos títulos no son acumulables entre sí.
6) Prueba de suficiencia pedagógica...............................3.000
7) Certificado de capacitación profesional.....................1.000
Los títulos directamente vinculados, vinculados y otros se clasifican y valoran de idéntica forma que la señalada en los puntos 7), y 9) al hacer referencia a los Maestros de Educación Inicial.


D) Para Secretarios Docentes:
1) Maestro superior...............................................................9.000
2) Profesor de enseñanza primaria o profesor de nivel elemental...............9.000
3) Profesor de educación inicial...........................................9.000
4) Maestro normal.................................................................6.000
5) Maestro normal y bachiller................................................6.000
6) Maestro normal y rural o regional...................................6.000
7) Profesor de enseñanza media......................................6.000
Estos títulos no son acumulables entre sí.
Certificado de capacitación..............................................2.000

Los títulos directamente vinculados, vinculados y otros se clasifican y valoran de idéntica forma que las señaladas en los puntos 7), y 9) al hacer referencia a los Maestros de Educación Inicial.


E) Para Preceptores de Escuelas de Jornada Completa y de Jornada Completa con Albergue Anexo:
1) Maestro superior...........................................................9.000
2) Profesor de enseñanza primaria o profesor de nivel elemental..........................9.000
3) Maestro de educación básica......................................9.000
4) Profesor de educación inicial...........................................9.000
5) Maestro de educación inicial............................................9.000
6) Maestro normal..................................................................................................6.000
7) Maestro y bachiller..........................................................................6.000
Maestro rural o regional.......................................................6.000
9) Título de profesor habilitante para materia especial.......6.000
Estos títulos no son acumulables entre sí.
Los títulos directamente vinculados, vinculados y otros se clasifican y valoran de idéntica forma que las señaladas en los puntos 7), y 9) al hacer referencia a los Maestros de Educación Inicial.




II) ANTECEDENTES:
A) Para Maestros de Educación Inicial, de Grado, de Materias Especiales y Preceptores Docentes:

1) Cursos de perfeccionamiento y actualización docente, Seminarios, Talleres, Jornadas y otros formatos de capacitación con certificados debidamente autenticados extendidos por organismos educacionales nacionales, provinciales, municipales y privados (que otorguen títulos con validez oficial) y con resolución de Red Provincial de Formación Docente Continua. Valoración por cada hora reloj 0,20 puntos.
Tope anual a valorar 500 puntos.

2) Trabajos y publicaciones sobre problemas educacionales y/o culturales considerados y valorados por la Comisión de Títulos y Antecedentes de la Junta de Clasificaciones y Calificaciones hasta un máximo de 400 puntos por año.

3) Expositor o disertante en conferencias, congresos y asambleas pedagógicas y/o culturales referidos a problemas educacionales y/o culturales con certificados debidamente autenticados por organismos educacionales nacionales, provinciales, municipales y privados (que otorguen títulos con validez oficial) siempre que no sea actividad inherente al cargo, hasta un máximo de 80 puntos anuales.

4) Antigüedad de egreso referido al título, hasta un máximo de 10 (diez) años, por año 20 puntos.

5) Servicios docentes certificados por autoridad competente prestados con anterioridad en establecimientos oficiales o privados reconocidos, referidos a la educación primaria o inicial, hasta un máximo de 10 (diez) años, por año 200 puntos.

Docentes de materias especiales:
La antigüedad de 200 puntos anuales corresponde a un cargo de 12 (doce) horas semanales. Hasta un máximo de 10(diez) años.
Para cargos menores de 12 (doce) horas el cálculo será el siguiente:
200 puntos del valor anual dividido por 12 (doce) horas (semanales del cargo) luego por 4 (semanas del mes) y por 12 (meses del año) resultando 0,35 puntos la hora de antigüedad.

6) Servicios docentes con carácter ad honorem como maestro de educación inicial, de grado o de materias especiales, en establecimientos de la Dirección General de Educación Inicial y Primaria, por día de clase ( de cuatro -4- horas) . . . . . . 4 puntos.

7) Certificado de aprobación de prueba de suficiencia pedagógica, que no haya sido oportunamente valorado en el apartado I) Títulos.
Inciso C).........................................................................100 puntos

8) Servicios prestados en establecimientos con bonificación por localización:
Localización G...........................................................220 puntos
Localización F............................................................180 puntos
Localización E...........................................................140 puntos
Localización D...........................................................100 puntos
Localización C.............................................................60 puntos
Localización B.............................................................20 puntos

9) Residencia en la zona (rural)........................................3.000 puntos
Tendrán derecho a este puntaje los aspirantes a Escuelas Rurales que se domicilien en zona rural en forma permanente durante los dos últimos años, a una distancia de hasta 5 km del establecimiento para el cual se inscriben, contados por los caminos y medios de comunicación corrientes y habituales. Considérase zona rural el lugar donde no existe municipalidad. El requisito del domicilio se acreditará mediante Declaración Jurada del interesado, certificada su firma y contenido por el Inspector de Zona. Con la declaración jurada se deberá adjuntar fotocopia del último domicilio declarado en el documento nacional de identidad. El presente puntaje sólo se valorará para el ingreso a cargos titulares de Maestro de Grado, Maestro de Educación Inicial y Maestro de Materia Especial.

10) Servicios docentes certificados por autoridad competente prestados con anterioridad en Escuelas de Doble Jornada y de Doble Jornada con Anexo Albergue, referidos a la educación primaria o pre-primaria, hasta un máximo de cinco (5) años, por año 400 puntos.

11) Residencia continuada en la Provincia de Córdoba por un período no inferior a dos (2) años inmediatos anteriores a la fecha de inscripción en la convocatoria, que se acreditará mediante certificado de domicilio extendido por autoridad policial y fotocopia autenticada del documento nacional de identidad donde conste el último domicilio registrado...........................................3.000 puntos
Esta circunstancia deberá ser acreditada anualmente para mantener la valoración por residencia provincial.


Para Secretarios Docentes:
1) Cursos de perfeccionamiento y actualización docente o administrativa, Seminarios, talleres, jornadas y otros formatos de capacitación, con certificados debidamente autenticados extendidos por organismos educacionales nacionales, provinciales, municipales y privados (que otorguen títulos con validez oficial) y con resolución Red Provincial de Formación Docente Continua. Valoración por cada hora reloj 0,20 puntos.
Tope anual a valorar 500 puntos.
2) Trabajos y publicaciones sobre problemas educacionales, culturales y/o administrativos considerados y valorados por la Comisión de Títulos y Antecedentes, hasta un máximo de 400 puntos por año.
3) Expositor o disertante en conferencias, congresos y asambleas pedagógicas, culturales y/o administrativas referidas a problemas educacionales y/o culturales, siempre que no sea actividad inherente al cargo, hasta un máximo de 80 puntos.
4) Antigüedad de egreso referido a título, hasta un máximo de 10 años, por año 20 puntos.
5) Servicios docentes y/ o docentes administrativos no paralelos prestados en establecimientos oficiales o privados y certificados por autoridad competente, hasta un máximo de 10 años, por año 200 puntos.
6) Residencia continuada en la Provincia de Córdoba por un período no inferior a dos (2) años inmediatos anteriores a la fecha de inscripción en la convocatoria, que se acreditará mediante certificado de domicilio extendido por autoridad policial y fotocopia autenticada del documento nacional de identidad donde conste el último domicilio registrado ........................................3.000 puntos
Esta circunstancia deberá ser acreditada anualmente para mantener la valoración por residencia provincial.




III) NORMAS GENERALES:
1) En los casos de igualdad en la valoración de títulos y antecedentes, la prioridad se determinará por sorteo.
2) En la estimación de servicios docentes mencionados en el rubro Antecedentes se valorará por 12 meses.”

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9 comentarios:

  1. Buen día Profe, excelente tu Blog, me he tomado la libertad de compartirlo en nuestro face porque es de mucha ayuda, muy completo, claro. Un abrazo!

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  2. Hola profe para subir los certificados de domicilio por el puntaje ud. sabe en que mail? por que por cidi no da opcion.

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    1. Hola.
      Tengo entendido que los podés enviar al mail de junta de clasificación de tu región.

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  3. Hola Prof. Muchas gracias por compartir la información.

    Por otra parte, Ud. sabrá donde se puede descargar o ver el Boletín oficial de junta Primaria con el listado de "otros títulos" que ingresan para la valoración del puntaje docente?, ya que tengo dudas respecto a la valoración obtenida en una tecnicatura.

    Según el punto 9) Otros títulos:

    -Otras carreras superiores no universitarias se otorga ......................................900 y creo que me mal valoraron como Títulos técnicos y especialidades...............................................630.

    Desde ya le estoy muy agradecida de poder contar con esa información. Saludos!

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  4. Hola, quisiera saber cuál es la diferencia entre título vinculado y títulos directamente vinculados. Yo me recibí de profe de inicial y estoy estudiando para profe de primaria. ¿Cuántos puntos me sumaría?

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  5. 3-Fecha de acto público de cargos suplentes/interinos para primaria en región V??? Modalidad??

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  6. Hola este decreto sigue vigente ? O hay otro más actualizado. Gracias

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