El Ministerio de Educación a través del Memo Conjunto 006/20, de las direcciones de Educación Secundaria, Educación Técnica y Formación Profesional, Educación Superior y Educación de Jóvenes y Adultos, comunican que se autorizan la designación Excepcional de horas de los siguientes:
- Horas catedras de Cs. Naturales, Cs. Sociales, Lengua y Lietratura y Matematica del CB
- En el caso del Ciclo Orientado, se extiende la cobertura a los espacios del campo de la Formación Específica.
- En el segundo ciclo de la educación secundaria de modalidad técnica se incluye los campos de la Formación Técnica Específica (FTE) y la Práctica Profesionalizante (FPP).
- Segundo y cuarto año de la educación secundaria orientada.
- Segundo y cuarto año de la educación Secundaria, en Escuelas Normales dependientes de la Dirección General de Educación Superior.
- Segundo, cuarto y quinto año de la educación secundaria técnica.
Las designación sera realizada por el Director/Equipo Técnico de las escuelas, teniendo en cuenta el siguiente orden de prioridades:
- En primer lugar los docentes de la LOM de la institución con título docente y que pertenecen a la misma y a continuación docentes que están inscriptos en la LOM con título docente y que no pertenecen a la institución.
- En segundo término docentes inscriptos en la LOM de la institución habilitantes y supletorios y que se desempeñen en la misma y a continuación docentes que están inscriptos en la LOM con título habilitantes y supletorios que no pertenecen a la institución.
Estos nombramientos serán hasta el último día hábil de marzo del 2021, teniendo el carácter de interino a termino o suplente (según corresponda)
Fuente: Memo 007/20
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