12 de julio de 2019

Decreto 257/19: ¿Que son los Postítulos y Posgrados? ¿cómo acredito ese puntaje?


El Decreto 257/19 es el  nuevo documento legal que reglamenta el Puntaje en el Nivel Secundario e la provincia de Córdoba, agrega nuevos items y cambios en las valoraciones que existían de los antecedentes presentados.

En el capítulo IV del Decreto se reglamenta y aclara lo correspondiente al PUNTAJE POR FORMACIÓN POS INICIAL (artículos 8 al 13)


La FORMACIÓN POS INICIAL está conformada por:
* Posgrados
* Postítulos
* Aprobación de cursos, jornadas, seminarios , congresos, etc.
* Dictado de cursos, jornadas, seminarios, etc
* Aprobación de Ciclos Completos de Idiomas o Segunda Lengua.
* Antecedentes Meritorios 



Los Posgrados 
El Artículo 8 del decreto 257/19 establece las características del item de valoración para el puntaje docente los "Pos-Grados"

Este está subdividido en: 
* Especializaciones. 
* Maestrías y
* Doctorados. 

Estos serán valorados siempre que signifique agregar más estudios de una misma carrera afín al título de base o a los que supone el título reglamentario si amplía el campo de conocimiento, entendido como un perfeccionamiento del área de lo disciplínar o lo pedagógico-didáctico.

¿Cuánto puntaje nos otorgan los posgrados?

La escala de valoración será la siguiente:
a) Especializaciones: cuatro (4) puntos.
b) Maestrías: seis (6) puntos.
c) Doctorados: ocho (8) puntos.

A la vez este artículo menciona que se sumarán de manera independiente los pos-grados correlativos anteriores cuando se haya valorado el superior.




Los Postítulos.

El Artículo 9 hace referencia a los Pos-Títulos. Serán valorados los pos-títulos de formación, actualización o Perfeccionamiento pedagógico-didáctico, disciplinar, O de temas transversales de la educación cuya entidad oferente sea uno Institución de Nivel Superior o Universitario del país y/o de la Provincia de Córdoba.
La Resolución Nº 117/10 del Consejo Federal de Educación (CFE) expresa que los Postítulos Docentes, “(…) son ofertas de competencia jurisdiccional a cargo de los Institutos Superiores de Formación Docente (ISFD) debidamente inscriptos (…)”

¿Cuánto puntaje nos otorgan los pos-títulos?

La escala de valoración según el mencionado decreto será lo siguiente:
a) Actualización Académica doscientas (200) horas mínimo: cuatro (4) puntos.
b) Especialización Superior cuatrocientas (400) horas mínimo: seis (6) puntos.
c) Diplomatura Superior seiscientas (600) horas mínimo: ocho (8) puntos.
No se sumarán de manera independiente los pos-títulos correlativos anteriores cuando se haya valorado el superior.
Esto último quiere decir que si realice una actualización académica en Educación y Tecnologías Digitales (200 hs) y posteriormente una especialización de nivel superior en Educación y Tecnologías Digitales (400 hs), junta de calificaciones valorara hasta 6 puntos ya que es la superior.


¿El puntaje de estos ítem caduca?
Los antecedentes correspondientes a los artículos 8 y 9 no caducarán a los diez (10) años como si lo hacen otros conceptos que integran la Formación Pos Inicial 

¿Cómo acredito este puntaje?
Al momento de realizar el agregado de antecedentes durante la convocatoria única anual, se deberán presentar en la plataforma de Junta los PDF correspondiente al título analítico y certificado del Postítulo o Posgrado realizado.
Estos deberán contar con la validación correspondiente la cual se realiza en el Ministerio de Educación, Unidad de títulos.




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