¿Que es la LOM?
La Lista de Orden de Merito (LOM) es el lugar u orden que ocupa el docente, teniendo en cuenta el puntaje obtenido según los antecedentes presentados al momento del agregado e inscripción.
En Nivel Inicial y Primario, la cobertura de vacantes se realiza según el numero de Orden, para lo cual se debe esperar a que se carguen las vacantes y asistir (según lo establezca junta o apoyo administrativo, presencial o virtualmente) al acto público el día y hora asignado
En el Nivel Secundario la cobertura de vacantes se realiza en base a la LOM, y según la titulación. El Titulo "docente" predomina sobre el titulo "habilitante", y el habilitante sobre el "supletorio". Sabemos esta condición según el Alcance de Títulos Anual.
Podremos ver el puntaje y la lista de orden de mérito ingresando a Junta de Clasificación de cada nivel según corresponda.
- Junta de Clasificación Secundaria
Podremos ver los puntajes de inscripción y la posición en cada LOM (Formulario C : Docente, Formulario D: Cargos directivos, Formulario I : Inspector)
- Junta de Clasificación Inicial y Primaria
¿Qué es el Puntaje Definitivo en Nivel Secundario?
El Puntaje Definitivo es la valoración de los antecedentes que obran en junta de Clasificación (titulaciones, cursos, jornadas, seminarios, trabajo institucional, etc).
Es definitivo porque se publica con las correcciones, se ratifica o rectifica el puntaje publicado en la LOM Provisoria si hubo reclamo (Solicitud de Revisión de Puntaje).
En nivel secundario, dicha valoración esta establecida en el Decreto 257/19
Una vez publicada la LOM, si realice el control de mi puntaje (y antecedentes valorados) e hice reclamo, deberé realizar nuevamente el control.
Para ello deberé ingresar a CIDI, Junta de Clasificación Secundaria.
En respuesta de reclamo podemos ver si se rectifica ( el vocal de junta analizo nuevamente la documentación en el legajo y cambio el puntaje en base al reclamo realizado) o ratifica el puntaje, es decir se hizo el reclamo y no se cambio la valoración.
En el caso que el docente crea que el error persista, puede presentar un Recurso de Reconsideración y/o un Recurso Jerárquico en subsidio.
El Recurso de Reconsideración se presenta según MODELO a través de CIDI.
En el caso de los traslados se presenta la siguiente planilla por única vez enviarla a la casilla de correo: juntamediareclamos@cba.gov.ar
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